jueves, 22 de noviembre de 2018

T7 - Ejercicio de clase

El ejercicio propuesto acerca de la optimización de una radiografía está desarrollado en esta entrada del blog de Jorge Pascual:

http://ibioiijorge.blogspot.com/2018/11/ejercicio-propuesto-tarea-7.html

martes, 13 de noviembre de 2018

T6 - Tubo de Rayos X



1.- Qué características constructivas del tubo de rayos X se correlacionan con qué características del espectro de emisión de los rayos X.


3.- ¿Por qué han de estar los tubos a vacío?

El tubo de Rayos X se trata de una ampolla de vidrio al vacío, que contiene el cátodo y el ánodo, que está recubierto por una carcasa protectora y aislante, para evitar el paso de la radiación dispersa.

El cátodo, polo negativo, emite electrones a gran velocidad los cuales impactan en el ánodo. Los electrones se crean gracias a una fuente de alto voltaje alterna (30-150kV) que alimenta un filamento de wolframio.

¿Por qué la ampolla de vidrio está en vacío?

Esto se debe principalmente a que de este modo se facilita el movimiento rectilíneo de los electrones desde el cátodo hasta el ánodo, consiguiendo así una incidencia mejor.

4.- ¿Por qué es importante el espectro de emisión para la radiología? ¿no son iguales todos los rayos x?

¿Por qué es importante el espectro de emisión?

Conocer el espectro es clave, ya que permite conocer cómo afectan los cambios de tensión, intensidad, tiempo y filtración del propio rayo con el paciente.

Cuanto más a la derecha se encuentra el espectro más efectivo o más calidad tendrá el espectro, puesto que se necesita menor cantidad de fotones para producir más energía, de ahí su importancia.

El control del espectro por tanto permite conseguir los resultados obtenidos con la mínima incidencia de fotones, lo cual reduce una sobrexposición innecesaria.

En relación con las 4 variables que afectan al espectro de emisión, esto nos da una idea de que no todos los rayos X son iguales, puesto que dependerán de dichos factores e incluso del material que se utilice para su generación. 
José Ángel Ochoa, Jorge Pascual.

sábado, 20 de octubre de 2018

T5 - Estrategias de protección radiológica.


Radiaciones ionizantes: normas de protección

Límite de dosis: en España están recogidos en el "Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes" (R.D. 53/92).

Los límites de dosis se aplican a la suma de las dosis recibidas por exposición externa durante el periodo considerado y de la dosis interna integrada durante el mismo periodo. La determinación de las dosis totales considera las dosis debidas tanto a fuentes internas como a externas de radiaciones ionizantes. Los límites de dosis distinguen entre personas profesional mente expuestas y público en general, además de ciertos casos especiales y operaciones especiales planificadas.



En el caso de incorporación de radionucleidos o de mezclas de éstos, los límites de incorporación anual y los límites derivados de concentración de actividades de radionucleidos en el aire inhalado se encuentran recogidos en el citado R.D. 53/92 de acuerdo con los epígrafes descritos en la siguiente tabla:



Debe considerarse siempre la posibilidad de que se puedan recibir dosis superiores a los límites citados cuando se trate de exposiciones de emergencia (de carácter voluntario) o de exposiciones accidentales (de carácter involuntario o fortuito).

Irradiación externa

·        Limitación del tiempo de exposición. La dosis recibida es directamente proporcional al tiempo de exposición, por lo que, disminuyendo el tiempo, disminuirá la dosis.

·         Utilización de pantallas o blindajes de protección. Para ciertas fuentes radiactivas la utilización de pantallas de protección permite una reducción notable de la dosis recibida por el operador. Existen dos tipos de pantallas o blindajes, las denominadas barreras primarias (atenuan la radiación del haz primario) y las barreras secundarias (evitan la radiación difusa).

·        Distancia a la fuente radiactiva. La dosis recibida es inversamente proporcional al cuadrado de la distancia a la fuente radiactiva.

Contaminación radiactiva

·        Protección de las instalaciones, zonas de trabajo y normas generales. Las superficies deberán ser lisas, exentas de poros y fisuras, de forma que permitan una fácil descontaminación. Se deberá disponer de sistemas de ventilación. control de los residuos generados y del agua utilizada. Controles periódicos.

·        Protecciones personales. El uso de protecciones personales será obligatorio en las zonas vigiladas y controladas con riesgo de contaminación. Los equipos y prendas de protección utilizados deberán estar perfectamente señalizados y no podrán salir de la zona hasta que hayan sido descontaminados.

(MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ESPAÑA)



Bibliografía



·        MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ESPAÑA. (s.f.). NTP 304: Radiaciones ionizantes: normas de protección. Obtenido de INTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGINENE EN EL TRABAJAO: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/301a400/ntp_304.pdf

·         LEY 25/1964 de 29.4 (Jef. Est., BB.OO.E. 4.5, rect. 6.5.1964) Ley reguladora de la energía nuclear

·        DECRETO 2177/1967 de 22.7 (del. Hac., B.O.E. 18.9.1967) Reglamento de cobertura de riesgos nucleares

·        DECRETO 2869/1972 de 21.7. (del.Ind., B.O.E. 24.10.1972) Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas

·        LEY 15/1980 de 2.4. (Jef. Est., B.O.E., 25.4.1980) Creación del Consejo de Seguridad Nuclear

·        REAL DECRETO 2519/1982 de 12.8 (Presid., BB.OO.E. 8.10., rect. 6.11.1982) Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes, modificado por: REAL DECRETO 1753/1987 de 25.11 (del. Rel. Cortes, B.O.E. 15.1.1988)

·        MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Protección radiológica (Partes 1,111 y IV) Madrid, Colección Sanidad Ambiental, 1988

·        PICOT A., CRENOUILLET Ph. La securité en laboratoire de chimie et de biochimie París, Techique et Documentation-La voisier 1989

·        REAL DECRETO 1891/1991 de 30.12 (del. Rel. Cortes, B.O.E. 3.1.1992) Sobre instalación y utilización de aparatos de rayos-X con fines de diagnóstico médico

·        REAL DECRETO 53/1992 de 24.1 (del. Rel. Cortes, B.O.E. 12.2.1992) Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes

T4 - Ejercicio Tecnecio99